Cargando contenido

Ahora en vivo

Seleccione la señal de su ciudad

El ICBF podría ser investigado de no acatar fallo sobre adopción a parejas homosexuales: Fiscalía

El director nacional de Sistema Penal Acusatorio, Camilo Burbano, dijo que si instancias como el Instituto Colombiano de Bienestar familiar (Icbf) no cumplen con el fallo de tutela que posibilita que una pareja del mismo sexo adopte a un menor, cuando éste es hijo biológico de uno de ellos, se podría estar incurriendo en un delito relacionado con actos de discriminación.

"Corresponde al Icbf analizar cada caso si procede o no si se da la adopción. Si se cumplen con todos los requisitos de la adopción en un caso similar (al fallado por la Corte Constitucional) (…) tendríamos que mirar si la motivación por la cual se está negando la adopción tiene un fundamento discriminatorio y se podría estar en curso en un delito", indicó Burbano.

De igual forma, insistió en la necesidad de que la Corte Constitucional vaya más allá y reconozca las expresiones de "cónyugue" y "compañero permanente" a las parejas del mismo sexo para ampliar la protección de los menores en casos como la adopción.

"Una interpretación en la cual no se permita la adopción por parte de parejas del mismo sexo en cualquier caso es claramente excluyente y discriminatoria, además afecta los derechos de los menores", agregó Burbano.

"Después de estudiar a fondo el marco normativo sobre la adopción en Colombia, el Señor Fiscal General de la Nación encontró que la imposibilidad de que parejas homosexuales adopten conjuntamente a un menor o puedan adoptar al hijo o hija de su compañero o compañera permanente genera un déficit de protección constitucional, lo cual desconoce la Constitución Política de 1991 según la cual, el Estado debe proteger a la familia y el derecho fundamental de los niños y niñas a tener un hogar", dijo recientemente el fiscal general Eduardo Montealegre a través de un comunicado.

El Fiscal sostuvo que, por ejemplo, de no permitirse en todos los casos la adopción por parte de personas del mismo sexo, se llegaría al absurdo de que los hijos o padres o madres de crianza estarían obligados a declarar en contra de los miembros de su familia, sin que les apliquen las garantías procesales consignadas en el Código de Procedimiento Penal referentes a la no obligatoriedad del ciudadano de declarar contra sí mismo, su cónyuge, sus hijos, padres o hermanos.

Esta posición fue fijada por el Fiscal General en el marco del debate sobre la posibilidad de que parejas conformadas por personas del mismo sexo adopten menores de edad en nuestro país.