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Consejo de Estado amplía concepto de familia y advierte que no sólo los miembros de sangre tienen derechos

El magistrado Enrique Gil Botero, del Consejo de Estado, advirtió que el concepto de familia actualmente no se limita a lo que representa el matrimonio, sino que va mucho más allá y tiene derechos amparados por la Constitución Nacional.

Para el jurista, la concepción de la familia parte de un concepto dinámico como lo es esa institución social y por lo tanto se le da más importancia que al matrimonio.



Asimismo, el magistrado Gil Botero aseguró que frente a lo que se ha denominado la familia y los hijos de crianza, en un proceso debe ser probado ante la justicia para acreditarse dentro de los reconocimientos que re requieren en cada caso.

"El Consejo de Estado le da más importancia a la familia que a la institución misma del matrimonio porque la familia pasó de ser una noción que estaba cimentada en lazos bilógicos y genéticos para cimentarse en otro tipo de valores", señaló el magistrado ponente.

"La familia no sólo surge de los vínculos naturales y jurídicos entre dos personas heteorafectivas u homoafectivas, sino que también puede surgir a nivel monoparental, entonces en esos términos vemos que el concepto de familia es amplio desde una perspectiva sociológica y dinámica más fundada a este otro tipo de valores, que en lo que tiene ver con un concepto artificial o convencional como el matrimonio", anotó Gil Botero.

Previamente, el Consejo de Estado reiteró su jurisprudencia de hace algunos meses e insistió en que la familia ha dejado de ser una institución "ancestral" basada solamente en conceptos "biológicos y religiosos", y amplió el abanico para que el Estado reconozca como tal a otras formas de uniones familiares, basadas en el amor.

En su providencia, el alto tribunal advierte que el concepto de familia en Colombia va más allá de lo que constituye un hombre y mujer (y sus hijos), e involucra otras formas de familia como -por ejemplo- las que integran las parejas del mismo sexo. ( Ver nota "Consejo de Estado considera como "familia" las uniones de parejas del mismo sexo")

Este fallo fue revelado por la Corporación al ordenarle al Departamento Administrativo de Seguridad (DAS, en liquidación) indemnizar a una hermana de crianza del agente de ese organismo Luis Enrique Alzate Gómez, quien fue asesinado en Antioquia por otro miembro de esa entidad, el 18 de enero de 1997.

Esta decisión, con ponencia del magistrado Enrique Gil Botero, citó nuevamente la jurisprudencia sobre el concepto de familia, puesto que la entidad demandada había alegado que no debía hacer este tipo de reconocimientos aduciendo que como no era hermana de sangre de la víctima, no tenía derecho.